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CASTELLS CRIMINALIZA LA PROTESTA; UN ESCUDO PARA MERCANTILIZAR LA UNIVERSIDAD

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CASTELLS CRIMINALIZA LA PROTESTA; UN ESCUDO PARA MERCANTILIZAR LA UNIVERSIDAD

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Hace unas semanas se aprobaba desde el ministerio de Universidades la Ley de Convivencia Universitaria, llamada a sustituir el reglamento franquista que regulaba anteriormente esta cuestión, elaborado este en 1954 y a todas luces totalmente caduco para la realidad actual. 

Desde el Ministerio se ha aprovechado este punto de partida para justificar este cambio como una adaptación a los nuevos tiempos y una forma de dar unas “garantías democráticas” al mundo universitario, ya que en anteriores ocasiones, el ministerio se encontró con el rechazo de los diferentes rectores ante un supuesto desamparo en caso de derogación de la anterior ley.

En este caso, el nuevo borrador cuenta con el apoyo de los rectores y de la CREUP, por lo que se prevee que la ley saldrá adelante sin demasiados problemas. 

Sin embargo, nada más lejos de la realidad, ya que la nueva ley no solo no aumenta las garantías de derechos de las estudiantes, sino que precisamente restringe de forma más clara la capacidad de expresión y movilización de las estudiantes. 

Debemos ser conscientes del contexto en que vivimos actualmente ya que el motivo de fondo de esta ley no es otro que garantizar un marco legal para la represión sobre las estudiantes universitarias en los próximos cursos, en los cuales podemos prever como el efecto de la pandemia agudizará la precariedad educativa y podrán aumentar los conflictos. Es por ello que debemos responder a esta ley con nuestra oposición frontal, ya que precisamente la misma limitará que podamos oponernos abiertamente a leyes en el futuro.

En esta nueva ley se catalogan las diferentes infracciones como leves, graves y muy graves: las primeras, sancionadas con una amonestación; las segundas, con expulsiones temporales de hasta un mes; y por último, las que serían sancionadas con hasta tres años de expulsión o anulaciones parciales de matrícula. 

Así, podemos ver las siguientes cuestiones como las más llamativas de la nueva ley:

  • Por un lado, se considerará falta grave o muy grave, en función del volumen del mismo, el plagio y la copia en exámenes, que, acompañando del escarnio generalizado dado en los exámenes online realizados a raíz de la pandemia, suponen una forma muy superficial de abordar las carencias del sistema educativo, ante las cuales muchas alumnas se ven obligadas a hacer uso de distintos métodos para poder aprobar. En lugar de poner el foco en los problemas de fondo de esta cuestión, se limitan a sancionarlo (con incluso meses de expulsión) criminalizando y personalizando un problema estructural del sistema educativo, que viene dado, en parte, por el enfoque memorístico que suele dársele.

Entendemos que la cuestión del plagio no debe ser tomada como “antisistema” o como práctica revolucionaria, porque no lo es, pero lo cierto es que las sanciones que se imponen contra esta son desproporcionadas y que pueden suponer una forma de expulsar a las estudiantes de extracción popular por la vía rápida, al ser, en algunos casos, las que se ven obligadas a plagiar para evitar una segunda o tercera matrícula al compaginar estudios con trabajo.

  • Por otro lado, se considerará que todo tipo de escraches o boicots a elecciones al rector o claustros como falta muy grave; además, será falta grave impedir que se celebren conferencias organizadas por la universidad, o hacer piquetes en las aulas en caso de huelga. Esto, de nuevo, no aspira ni mucho menos a proteger a las estudiantes sino a salvaguardar la imagen pública de las universidades y limitar el derecho de movilización.

El trasfondo de esta medida puede venir en gran parte de la intención de destruir tejido asociativo y criminalizar las acciones que puede llevar a cabo el estudiantado organizado. En un hipotético supuesto en el que una asociación organizase un acto fascista amparado por una universidad, las sanciones se impondrían a quienes intentasen boicotearlo, y no a quienes lo organizasen. Por ello, podemos considerar que, a nivel de seguridad, las medidas que se incluyen no supondrán un gran avance para nosotras; pueden llegar a ser todo lo contrario. Aun con ello, los límites a la violencia que incorpora no los podemos catalogar como negativos.

  • Finalmente, se regula también los delitos por hacking (graves), acceso a zonas no permitidas en la universidad (leve) y diferentes delitos de violencia física o psíquica, delitos contra la salud, suplantaciones o novatadas. En el caso de estas últimas, si bien podemos agradecer que se incorporen limitaciones a nivel legal, lo cierto es que, al aplicarse la ley solo al ámbito universitario, se dejan fuera las que se producen en colegios mayores y residencias, que suelen ser las más abusivas.

Así, podemos ver como esta ley establece sanciones totalmente abusivas y desproporcionadas, además, poniendo el foco precisamente en aquellas acciones destinadas a cuestionar al ministerio o las universidades.

Desde Estudiantes en Movimiento entendemos que el marco legal que hemos tenido hasta ahora es insostenible por haber sido desarrollado durante el régimen franquista, pero lo cierto es que la nueva legislación no cumple en ningún momento a la hora de crear un nuevo modelo al servicio de las clases populares. Nos encontramos con una reforma que se enmarca dentro del proceso de reforma liberal de la Universidad y que asegura un marco represivo para acabar con la movilización y la acción directa por parte del estudiantado organizado, en un momento en el que las contradicciones aumentan y en el que se puede dar una subida de los conflictos en nuestras facultades. Nos oponemos frontalmente a esta reforma, que no cumple con su propósito de aumentar las garantías democráticas para la comunidad educativa, y seguimos reclamando un modelo universitario al alcance de todas las estudiantes.

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